FORMAS DE INTERNACIONALIZACION
FORMAS DE INTERNACIONALIZACIÓN
La actividad internacional de la empresa puede adoptar
diversas formas. Las más conocidas son la exportación y la implantación
exterior, pero hay más, y además tanto la exportación como la implantación
pueden concretarse en modalidades diferentes. Todo dependerá de factores tales
como la experiencia de la empresa en los mercados exteriores, su tamaño, sus
recursos y capacidades de todo tipo: humanos o financieros, su ventaja
competitiva y cómo desea utilizarla, la voluntad de control, el riesgo que
desea asumir, las características del mercado de destino, los contactos en
destino, etc.
En general podemos
distinguir tres grandes grupos:
- Exportación,
o venta de productos o servicios en un mercado exterior.
- Licenciación,
o cesión de la ventaja y el know-how a
un tercero.
- Inversión,
o implantación propia en el mercado exterior.
Pero esos grupos podemos a su vez subdividirlos y
concretarlos en sus formas habituales y que presentaremos ordenadas
(aproximadamente) según el nivel de flexibilidad para la empresa española (de
mayor a menor flexibilidad), según los recursos necesarios (de menos a más),
según los riesgos (de menos a más) y según el control sobre los activos (de
menos a más). Veamos:
- Exportación
indirecta. Se trata de ventas a un
importador o a una comercial (trading
company) en destino. La empresa que lo compra en destino lo que quiere en realidad es
venderlo en ese mercado. No hay más contrato que el de compraventa. En
este caso el nivel de control sobre cómo se venderá esa mercancía en
destino es prácticamente inexistente, igual que los riesgos y los recursos
necesario que serán mínimos. Por el contrario la flexibilidad para el
vendedor será máxima.
- Exportación
(directa). La exportación en su sentido
habitual, o sea vender directamente al
comprador que va a disponer del bien o servicio.
- Exportación
mediante distribuidor. En este
caso se utilizan los servicios de un distribuidor en destino. Un
distribuidor es una empresa (quizás unipersonal) que conoce el mercado de
destino y que se obliga frente al
proveedor, por medio de un contrato de distribución, a realizar
actividades relacionadas con la venta, de manera continuada o
estable, actuando como empresario independiente y
asumiendo el riesgo de tales operaciones.
- Exportación
mediante agente. A
diferencia del distribuidor, el agente no asume (salvo
pacto) ningún riesgo en las operaciones. Como agente se obliga,
frente al exportador español de forma continuada o
estable a cambio de una remuneración, a promover ventas por
cuenta y en nombre de dicho vendedor español (no por cuenta propia).
Algunas jurisdicciones le otorgan algunos derechos semejantes a los de un
empleado.
Los contratos de agencia y
distribución son formas de implantación comercial, veamos sus características
diferenciales de un vistazo:
- Licenciación. Acuerdo por el que se pone a disposición de
un tercero una patente, una marca, un know-how, a cambio de una
compensación que generalmente estará relacionada con la cifra de
ventas.
- Franquicia. Además de la cesión del conocimiento, común a la licenciación, en el
caso específico de la franquicia se transfiere también la
forma de organizar el negocio, la tecnología de gestión y el nombre
comercial.
- Implantación
directa por medio de sucursal. La sucursal
es un establecimiento secundario dotado de representación permanente y de
cierta autonomía de gestión, a través del cual se desarrollan, total o
parcialmente, las actividades de la sociedad (“matriz”). La sucursal no tiene personalidad jurídica ni capital social
propio. Es una parte de la sociedad principal, por lo que
normalmente no podrá realizar transacciones comerciales, financieras o
prestaciones de servicios con su “matriz” (lo que sería una transacción
consigo mismo). A veces nos referimos a una sucursal con el término
delegación.
- Implantación
directa por medio de filial. A
diferencia de la sucursal, la filial es una sociedad
mercantil con personalidad jurídica propia con arreglo a
la ley nacional del país donde se haya constituido o inscrito. La analogía
es que la filial es otro cuerpo (un hijo, de ahí lo de filial) y la
sucursal es parte del mismo cuerpo (como un brazo). Una filial denota una
implantación en el extranjero más sólida, aunque la carga administrativa
es mayor que en una sucursal. Una ventaja importante es que la responsabilidad de la filial queda limitada a la inversión
realizada (la matriz no responde), mientras que en una sucursal la
“matriz” responde completamente (es ella misma).
- Joint
venture. Es una alianza entre dos o más personas, físicas o
jurídicas, para constituir una empresa separada pero
bajo un control y gestión común, para favorecer, a través de
una inversión compartida, metas y objetivos. La instrumentación jurídica
de la Joint Venture podrá configurarse por medio de un contrato que regule
los intereses de las partes (alianza) o a través de una sociedad
mercantil.
Veámoslo finalmente mediante un gráfico:


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