KUWAIT _ INICIO DE NEGOCIO - APERTURA DE SOCIEDAD.
Resumen
del marco jurídico para los negocios en Kuwait:
El
principal rasgo jurídico que marca toda actividad en Kuwait es la necesidad de
contar con agente o socio local para el desarrollo de cualquier actividad. De
igual forma para el desarrollo de actividad puramente comercial (exportación),
es imperativo legal contar con un importador registrado como tal.
Las
principales barreras que se vayan a econtrar cualquier inversor son
fundamentalmente legales: Hay amplios sectores en los que hay restricciones a la inversión extranjera
(el sector de los hidrocarburos); el socio mayoritario debe ser kuwatí (mínimo
51% de capital), y la adquisición de bienes
raíces está permitida sólo a nacionales del CCG, aparte que a
los kuwaitíes.
La
Ley de Inversiones Extranjeras de 2001 fue un primer paso al permitir al
inversor extranjero tener el control del 100% de la
sociedad, operando en sectores concretos,
pero se necesita contar la aprobación previa del Ministerio de
Comercio e Industria.
De
hecho, de todas las solicitudes presentadas desde la entrada en vigor
de la ley, sólo 14 solicitudes han sido aprobadas, y de las mismas más de
2/3 corresponden al establecimiento de sucursales de entidades
financieras.
Otros
problemas que encuentra el inversor son: i) procedimiento lentos y engorrosos
para solicitar licencias y permisos, ii) solapamientos entre autoridades,
iii) falta de transparencia sobre procedimientos y iv) falta de suelo de
uso industrial.
Barreras
de entrada a la inversión extranjera
Las
principales barreras son de naturaleza legal, y no afectan, salvo en el sector
de los hidrocarburos, a sociedades de otros países del Consejo de Cooperación
del Golfo (CCG):
1)
En toda sociedad mixta que se constituya el socio extranjero no puede detentar
más del 49% de su capital.
2)
Cualquier participación mayoritaria (incluso que suponga el control 100% de la
nueva sociedad) debe ser aprobada por el Ministerio de Industria y Comercio.
3) Determinados
sectores "estratégicos" quedan excluidos de la inversión
extranjera, como la explotación de hidrocarburos y los recursos del subsuelo.
4)
La compra de bienes raíces están restringida a kuwatíes y sociedades del CCG.
Junto
a estas barreras, hay otras, que no son estrictamente barreras, pero
que generan desventajas frente a las compañías nacionales:
· Gravamen
de un 15% sobre beneficios obtenidos por empresas extranjeras en operaciones
realizadas en Kuwait. En el caso de las sociedades mixtas el gravamen se
aplicará sobre el porcentaje que tenga de capital extranjero.
Formación
de "joint ventures". Socios locales
Según
el artículo 59 de la Ley de Compañías de Kuwait, una joint venture es un tipo
de asociación contractual entre al menos dos personas / empresas que no
tiene personalidad jurídica independiente y no requiere de procedimientos
formales de constitución.
Los
socios son responsables ante terceras partes. El socio que esté involucrado en
la transacción será totalmente responsable mientras que si hubiese un socio no
involucrado en una transacción sólo sería responsable por su participación en
la joint venture. De acuerdo con la legislación kuwaití, una joint venture
carece de personalidad jurídica diferenciada de la de sus sociedades matrices,
por lo que no se exige su inscripción en el registro mercantil.
Tipos de sociedades. Formalidades de constitución
Tipos de sociedades. Formalidades de constitución
El
tipo de sociedades permitidas en Kuwait está regulado por la Ley de Compañías
Comerciales número 15 de 1960 y la posterior Reforma de Ley número 68 de 1980.
Las
formas empresariales permitidas son las siguientes:
Sociedad
de responsabilidad limitada
Se
constituye mediante la entrega de los estatutos en el registro comercial. Tiene
personalidad jurídica y su duración es de 25 años aunque los socios pueden
prorrogar su duración tanto como lo deseen. Tiene un mínimo de dos y un máximo
de treinta socios y se permite a otra sociedad de responsabilidad limitada ser
socio. No se permite esta forma societaria en los sectores de banca,
actividades financieras y seguros. Si figuran más de siete accionistas, se
deberá formar un consejo de dirección de tres miembros por lo menos. También es
necesario que se designe un auditor que vele por la fiabilidad de las cuentas.
Sociedad
anónima
Los
socios cuentan con una participación determinada de la empresa y sólo son
responsables por el valor nominal de sus acciones. Deben contar con la
autorización del Ministerio de Comercio e Industria para su constitución y han
de redactar unos estatutos y un memorando de asociación. Se permite que las
sociedades anónimas sean tanto privadas como públicas.
Sociedad
general
Está
formada por dos o más miembros responsables de las deudas de la empresa. Tienen
que tener un memorando de asociación y uso estatutos cuyos cambios deben ser
aprobados por unanimidad de los socios.
Sociedad
limitada
Hay
dos tipos: la sociedad limitada común y la sociedad limitada por acciones.
La
primera está formada por un socio responsable de todas las obligaciones y otro
cuya responsabilidad está limitada por su inversión en la sociedad.
La
sociedad limitada por acciones es igual que la anterior con la salvedad de que
el capital se divide en acciones.
Constitución de sociedades
La
apertura de un establecimiento comercial permanente en suelo kuwaití exige que
la empresa extranjera forme una sociedad mixta de capital extranjero y kuwaití
o que concierte una joint venture con una empresa local. También se exige que
la empresa kuwaití que va a actuar como socio local esté en posesión de una
licencia para desarrollar actividades comerciales, licencia que deberá
solicitarse, en árabe, ante el Ministerio de Comercio e Industria. Hay que
considerar en todo caso las posibilidad existente desde 2003 de apertura de una
empresa 100% capital extranjero mencionada en apartados anteriores (aún con
ciertas condiciones y necesidad de una autorización específica).
Para
determinadas actividades especiales, como las telecomunicaciones, la provisión
de servicios sanitarios o el sector farmacéutico, se exigirá además una
licencia especial expedida por el Ministerio correspondiente.
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